A partir del 23 de Abril del 2011, el tratamiento arancelario a las importaciones procedentes de las repúblicas de Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú, se regirá por lo previsto en el articulo 8 del Decreto 3679 de fecha 30/05/2005, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 5774 de fecha 28 de Junio del 2005, Arancel de Aduanas en los términos en ellos expresados.
Decretos 8159, 8160, 8161 y 8162, publicados en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nro 6022 Extraordinario de fecha 18 de Abril del 2011
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